TEMPORADA DE REBAJAS DE VERANO: desde el último lunes laborable del mes de Junio de cada año hasta el primer sábado del siguiente mes de Septiembre, ambos incluidos.
Dentro de los plazos de tiempo delimitados por las fechas anteriores, cada comerciante podrá decidir libremente la práctica y duración de los períodos de venta en rebajas, en su establecimiento, que serán como mínimo de una semana y como máximo de dos meses.
En los establecimientos comerciales donde se practique la venta en rebajas, se anunciará al público, de forma visible e inequívoca, la duración del período de rebajas mediante la indicación, desde el inicio de temporada, de las fechas de comienzo y final del periodo de las misma
Régimen especial de de horarios excepcionales para la zonas de gran afluencia turística
(Resolución de 21 de marzo de 2006 de la Dirección Gral. De Industria y Comercio)
En el municipio de Alicante, estas zonas se refieren exclusivamente a la zona de playas y a la franja marítima del casco urbano comprendida entre la estatua de Canalejas y la estación de FEVE.
Los establecimientos comerciales minoristas ubicados en estas zonas tendrán libertad para determinar los días y horas en que podrán permanecer abiertos al público en los periodos comprendidos entre el domingo de Ramos y el lunes siguiente al lunes de Pascua y entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de cada año. |