El pasado viernes 6 de agosto, por fin, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la ley 32/2010 que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de este colectivo. Es decir, que también podrán recibir el subsidio del paro, aunque durante un año como máximo. Para ello, estos trabajadores tendrán que abonar un 1,7% más de la base de cotización (la media es de 800 euros), lo que supone unos 13 euros extra cada mes.
El importe de la prestación será, en concreto, del 70% de la base reguladora, lo que se traduciría en unos 560 euros de media al mes. Ese porcentaje es el mismo que recibe un trabajador por cuenta ajena durante los seis primeros meses de paro. A partir de entonces y hasta que termina la ayuda (máximo dos años), cobra el 60% de la base reguladora. Además, hay una tabla de cotizaciones y de periodos de prestación por cese de actividad.
La cotización mínima es de 12 meses, a la que corresponden dos meses de subsidio. Entre 18 y 23 meses de cotización, tres meses de paro; de 24 a 29 meses, 4 meses de prestación; de 30 a 35 meses de cotización, cinco meses; entre 36 y 42 meses, medio año de paro; de 43 a 47 meses, ocho meses y, a partir de los 48 meses de cotización, 12 meses de subsidio. Como la ley no entrará en vigor hasta dentro de tres meses, el 7 de noviembre, no será hasta entonces cuando los autónomos podrán empezar a cotizar voluntariamente —salvo para los 570.000 trabajadores que ya cotizan por accidente de trabajo o enfermedad profesional para poder tener acceso a este subsidio. Dado que la cotización mínima es de 12 meses, será en noviembre de 2011 cuando empiecen a cobrar el paro los primeros autónomos que lo soliciten. |